La prórroga alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, y busca “sostener el crecimiento económico con una política fiscal ordenada”, según se argumenta en la norma.
El trasfondo de la decisión está en la tensión entre la actualización automática de los impuestos —que por ley deben ajustarse trimestralmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC— y la intención política de demorar los aumentos para evitar un mayor impacto en el precio de los combustibles y en la inflación.
La Ley 23.966, con sus modificaciones, establece que estos tributos deben revisarse cada tres meses tomando como referencia el IPC desde enero de 2018.

