Según la norma vigente, el aguinaldo está exento en el Impuesto a las Ganancias siempre y cuando el sueldo bruto promedio del semestre no supere un determinado monto.
Sin embargo, técnicamente la deducción no funciona como el mínimo exento que había puesto en marcha en su momento el ex ministro de Economía Sergio Massa. Con la nueva Ley 27.743 que Reglamenta el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones, se derogó la exención vinculada al aguinaldo y se creó una deducción especial equivalente a la doceava parte de las deducciones personales (como la deducción por ganancia no imponible, la deducción especial y las cargas de familia).
Por esta razón, los trabajadores ahora disfrutan de algún beneficio que reduce, al menos parcialmente, el impacto del impuesto sobre el aguinaldo. Según la ley 27.073, el aguinaldo correspondiente a diciembre debe pagarse antes del 18 de diciembre.
No obstante, las empresas cuentan con un plazo de hasta cuatro días hábiles de gracia para cumplir con el pago, lo que significa que el aguinaldo puede acreditarse hasta el 22 de diciembre. Este se calcula en base al mejor sueldo bruto que el trabajador percibió en los últimos seis meses.