Desde el Ministerio de Economía admitieron que están “analizando cómo subsanar esta situación”. La indexación en cuestión es de carácter “excepcional”, fue establecida por la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes que se aprobó en junio en el Congreso y se anunció para que tuviera un impacto concreto en los ingresos percibidos a partir de septiembre pasado.
Más allá de que en los próximos meses las empresas deberán recalcular el impuesto de períodos ya pasados (dada la manera tardía en que se publicaron los nuevos valores), lo cierto es que para reajustar las variables que intervienen en la cuenta se tuvo en cuenta la inflación de dos meses, cuando deberían haberse tomado tres.
Los números resultantes de esta actualización “excepcional” de las bases, son los que se usarán para la liquidación definitiva del impuesto por lo percibido este año (la aclaración es porque, como se explicará más adelante, para las retenciones de los próximos meses se usará otro esquema, con valores intermedios).